Derecho de los animales en Ecuador

REGLAMENTO NACIONAL DE TENENCIA DE PERROS

En febrero de 2009, se elaboró el Acuerdo Interministerial para la Tenencia Responsable de Perros, el cual entró en vigencia en agosto del mismo año.

En sus puntos principales el reglamento establece:

OBLIGACIONES:

  • Otorgar condiciones de vida adecuadas a las características del animal.
  • Educar, socializar e interactuar con el perro en la comunidad.
  • Mantener únicamente el número de perros que las normas de bienestar animal permiten.
  • Recoger y disponer sanitariamente los desechos del animal.
  • Cuidar que los perros no causen molestias a los vecinos.
  • Entre otras.

PROHIBICIONES:

  • Maltratar, golpear o someter al animal.
  • Abandonar o mantener en estado de aislamiento.
  • Encadenar, enjaular o confinar permanentemente en terrazas, patios, balcones o similares.
  • Envenenar masivamente perros propios o ajenos.
  • Usar la imagen de perros para simbolizar maldad, agresividad o peligro.
  • Entre otras.

CÓDIGOS PENAL Y CIVIL:

El Código Penal Ecuatoriano, en aquellas partes que se refieren a animales, habla lo siguiente:

  • Muerte de un animal doméstico en el lugar que el dueño del animal es propietario, usufructuario, locatario o inquilino.
  • Prohibición de tenencia de animales domésticos o domesticados en bienes declarados en propiedad horizontal.
  • La zoofilia.
  • Contravenciones penales.

Conoce un resumen de lo que el Código Penal y el Código Civil dicen sobre los animales:

CÓDIGO PENAL:

Art. 414: “El que, sin necesidad, matare a un animal doméstico…”
Art. 517: “El bestialismo se reprimirá con reclusión mayor de cuatro a ocho años”.


CÓDIGO CIVIL:

Prohibición de tenencia de animales domésticos o domesticados en bienes declarados en propiedad horizontal.

Ni la ley de Propiedad Horizontal ni su reglamento prohíben la tenencia de animales domésticos o domesticados en bienes declarados en propiedad horizontal, sin embargo existen reglamentos internos que hacen mención a esa prohibición, estos reglamentos internos son de carácter privado y en ningún momento pueden contradecir a la Ley y peor aún a la Constitución Política del Ecuador.

Al respecto es menester señalar lo siguiente:

El Código Civil considera a los animales domésticos, sean éstos perros, gatos, etc., como bienes muebles, y la forma de adquirir su dominio es la ocupación. La Constitución Política del Ecuador en su artículo 23, numeral 23 señala: “ Sin perjuicio de los derechos establecidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales vigentes, el Estado reconocerá a las personas los siguientes:

”23.- El derecho a la propiedad en los términos que señala la ley…”

De la misma manera el artículo 30 de la Carta Magna manifiesta: “La propiedad, en cualquiera de sus formas y mientras cumpla su función social, constituye un derecho que el Estado reconocerá y garantizará”. Estos derechos deben hacerse respetar al momento de crear los Reglamentos Internos de los bienes declarados en propiedad horizontal.

Sin embargo cuando surgen este tipo de controversias, el mismo Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal señala que para solucionar cualquier conflicto, éste puede ser sometido a un procedimiento conciliatorio verbal, breve y sumario ante uno de los órganos de Administración del Inmueble, o ante uno de los procedimientos previstos en la Ley de Mediación y Arbitraje.

Si no se llegare a un acuerdo extrajudicial, se deberá optar por plantear una acción civil ante el juez de lo civil competente.

ORDENANZA 128 DEL DM DE QUITO

El objetivo que esta ordenanza metropolitana persigue es el de ”… establecer las condiciones en las que los habitantes y visitantes del Distrito Metropolitano de Quito deben mantener los perros y otros animales domésticos a su cargo, sean o no propietarios de éstos…”

Entre las principales disposiciones están:

OBLIGACIONES:

Cubrir gastos médicos y psicológicos si su animal ataca a otra persona u otro animal.
Mantener al animal en condiciones que no ocasionen molestias a los vecinos.


PROHIBICIONES:

La venta de perros en espacios públicos sin el debido permiso.
Amarrar o encadenar dejando a los animales en situaciones de riesgo.
Organizar y promover peleas de perros.


SANCIONES:

Multas que van entre los 50 y 200 dólares.

ORDENANZA DE CONTROL DE MASCOTAS EN AMBATO:

La ordenanza para el Cantón Ambato, provincia de Tungurahua, “regula el cuidado de animales de compañía o mascotas y de animales domésticos”

En sus puntos principales la Ordenanza establece:

OBLIGACIONES:

Prestar seguridad y alimento de acuerdo a la especie,
Mantener a los perros al interior del domicilio.
Utilizar un collar o arnés para pasear al perro.
Recoger y limpiar el material fecal de los perros.
Obligaciones para con peces y otros mamíferos pequeños.
Entre otras.

SANCIONES:

Multas entre 30 y 50 dólares.

ORDENANZA DE CONTROL DE MASCOTAS EN CUENCA:

La ordenanza de la ciudad de Cuenca se refiere a la “protección de animales silvestres y domésticos”.

OBLIGACIONES:

Dar trato, atención y cuidado que garanticen el bienestar de los animales.
Espacios adecuados para animales en cautiverio.
Cuidar el aseo de la ciudad.
Entre otras.

En sus puntos principales la ordenanza establece:

PROHIBICIONES:

Atar a los animales a árboles, postes y rejas.
Alimentar animales en espacios públicos.
Entre otras.

SANCIONES:

Multas aplicables dependiendo del caso.


ORDENANZA DEL CANTÓN LOJA:

La ordenanza para el “control de riesgos para la salud, relacionada con la tenencia de perros y otros animales de compañía y la protección y control animal”.

En sus puntos principales la ordenanza establece:

OBLIGACIONES:

Proporcionar condiciones de vida adecuada al animal, alimentación y buen trato.
Mantenerlos en instalaciones higiénicas y confortables.
Manejar sólo el número de animales que puedan ser bien atendidos.
Mantenerlos sujetos con traílla y collar.
Entre otros.

PROHIBICIONES:

Organizar y promover peleas de perros.
Maltratarlos y abandonarlos.
Practicar mutilaciones no terapéuticas.
Utilizar perros para negocios.
Entre otras.

SANCIONES:

Multas entre 20 y 700 dólares.

Compartir esta información

WhatsApp
Facebook
Email